Los
orientadores educativos, en pocas palabras, son unos profesionales –con
titulación de psicología, pedagogía o psicopedagogía- que desarrollan su
trabajo en todos los centros públicos de educación no universitaria. En la
etapa de Educación Primaria forman parte de la Unidad de Orientación, a la que
también pertenecen otros profesionales, como los especialistas en pedagogía terapéutica (PT),
audición y lenguaje (AL), profesorado técnico de servicios a la comunidad
(PTSC) y, en caso de que sea necesaria su intervención en el centro,
fisioterapeuta, auxiliar educativo (AE) o mediador comunicativo para el
alumnado con discapacidad auditiva. En Asturias, las Unidades de Orientación
están en todos los centros de infantil y primaria, estableciéndose un
orientador a tiempo total los centros que cuenten con más de 400 alumnos. En el
resto de colegios, los orientadores acuden al centro dos o tres días a la
semana en función del número de alumnos.
Como se verá
en las funciones que se expondrán a continuación, ha habido un cambio en la
concepción de la orientación educativa en los últimos años, pues ahora se
entiende como un derecho que tienen todos los alumnos, y no sólo los
problemáticos o los que tengan necesidades específicas. Además, este cometido
se concibe como una tarea compartida en la que participan todo el profesorado y
las familias. Sería absurdo pensar que es solo responsabilidad del orientador
con dotes de mago capaz de solucionar todos los problemas. A estas alturas
sabemos que los llaneros solitarios sólo triunfan en las historias de ficción,
de manera que para enfrentarse a las dificultades.
Las funciones de la orientación
educativa y profesional, que están contempladas en el Decreto 147/2014, de 23 de
diciembre, por el que se regula la orientación educativa y profesional en el
Principado de Asturias (BOPA del 29-12-2014), son las siguientes:
- Favorecer el desarrollo integral de los alumnos y las alumnas desde que entran a formar parte de la comunidad escolar, promoviendo y participando en todos los proyectos, planes y programas necesarios para lograr este fin.
- Prevenir, detectar y dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado a través del trabajo en equipo del profesorado en coordinación con los servicios especializados de orientación, con las familias, los agentes comunitarios y la Administración educativa.
- Posibilitar el seguimiento del proceso educativo de los alumnos y alumnas mediante la coordinación de los órganos competentes.
- Impulsar la acción tutorial en la acogida, seguimiento y acompañamiento del alumnado en los centros educativos.
- Realizar las actuaciones necesarias para escolarizar al alumnado, respondiendo a las necesidades de cada alumno y alumna.
- Integrar en las acciones educativas valores que fomenten relaciones interpersonales satisfactorias, la igualdad de hombres y mujeres, la no violencia, la cooperación y la solidaridad y el respeto por el entorno físico y medioambiental.
- Favorecer la participación de las familias y los agentes comunitarios en el proceso educativo del alumnado.
- Fomentar un clima adecuado que propicie la convivencia, el aprendizaje y la creatividad.
- Promover y apoyar las acciones y proyectos de los centros para la innovación y experimentación educativa.
En las etapas de educación infantil y primaria
la orientación educativa prestará especial atención a la prevención y detección
temprana de dificultades de aprendizaje, la atención individualizada y
personalizada del alumnado en colaboración con la familia y el entorno social y
la adopción de medidas que favorezcan la convivencia, el aprendizaje y la
transición entre los distintos cursos y etapas.
Estas funciones
generales de la orientación se concretan en las funciones específicas de la Unidad de Orientación, que son:
·
Formular propuestas al equipo directivo y al
claustro en la elaboración, desarrollo y revisión de los planes de acción
tutorial, de atención a la diversidad y de orientación para el desarrollo de la
carrera, así como en sus concreciones en la programación general anual.
·
Apoyar técnicamente al profesorado en la
prevención y detección temprana de dificultades de aprendizaje.
·
Realizar asesoramiento psicopedagógico en la
planificación, desarrollo y evaluación de actuaciones que den respuesta a las
necesidades educativas de todo el alumnado.
·
Asesorar y participar en la coordinación de los
procesos de incorporación del alumnado con necesidad específica de apoyo
educativo a las diferentes medidas de atención a la diversidad.
·
Atender las demandas de los equipos docentes y
realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado con necesidades específicas
de apoyo educativo.
·
Participar en el seguimiento educativo del
alumnado, especialmente en lo que concierne a los cambios de curso y etapa, así
como en la elección entre las distintas opciones académicas, formativas y
profesionales.
·
Colaborar con la jefatura de estudios en la
organización de la información sobre el alumnado con necesidades específicas de
apoyo educativo y participar en su traspaso a los equipos docentes.
·
Colaborar con los tutores y tutoras en la
integración, seguimiento y acompañamiento del alumnado en los centros
educativos, así como con las familias.
·
Favorecer y participar en los procesos de
acogida de todo el alumnado y en especial del alumnado con necesidad específica
de apoyo educativo.
·
Proponer actuaciones al equipo directivo
encaminadas a facilitar o favorecer la integración del alumnado en el centro.
·
Llevar a cabo acciones conjuntas con las
instituciones, organismos y las entidades que incidan en el proceso de
enseñanza y aprendizaje del alumnado, con el fin de mejorar la calidad de las
intervenciones.
·
Colaborar, a través de acciones educativas
inclusivas, en el diseño, seguimiento y evaluación del plan integral de
convivencia del centro.
·
Promover y participar en las acciones de
formación, de innovación y de experimentación en el ámbito educativo
relacionadas con sus funciones.
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